Las disposiciones modificadas de la Ley Fiscal 4646/2019 de la República Helénica, que entró en vigor a principios de marzo de 2020, establecen las condiciones perfectas para que las personas de altos ingresos transfieran su domicilio fiscal a Grecia.
Debido a este nuevo régimen de “non-dom” introducido por el gobierno helénico, las personas físicas que transfieran su residencia fiscal a Grecia recibirán importantes deducciones fiscales sobre la totalidad de sus ingresos mundiales generados fuera del territorio de la República Helénica. En consecuencia, el tipo impositivo aplicable será igual a 100.000 € anuales, sin perjuicio de una inversión de 500.000 € en el sector inmobiliario o empresarial nacional que deberá estar finalizada en un plazo de tres años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
La duración máxima de afiliación en este programa corresponde a un plazo de 15 años. La persona física se convierte en residente fiscal de Grecia y está sujeta a impuestos sobre la renta de fuente extranjera mediante el pago de un tipo impositivo fijo de cien mil euros (100.000 €) por cada ejercicio fiscal, sin obligación de justificar el origen de dicha renta. Los miembros de la familia del solicitante (padres, hijos mayores de edad no dependientes, etc.) pueden incluirse dentro de la misma solicitud y, en consecuencia, estarán sujetos a una imposición de impuesto fijo de 20.000 € por persona, independientemente de sus ingresos.
Esta innovación del Sistema Tributario introducida por la nueva Ley 4646/2019 aspira a un crecimiento intensivo de la economía nacional a través de la introducción de capitales al país.
Según estudios económicos recientes, la propuesta del gobierno griego está empezando a generar un interés significativo por parte de los ciudadanos británicos que desean mantener su residencia fiscal en un estado miembro de la UE que ofrece condiciones fiscales favorables. De hecho, las inversiones en la economía griega a través de sectores como la industria del turismo, el dominio marítimo y la fabricación pueden generar un rendimiento de aproximadamente el 5-10% anual, cifras que son difíciles de superar en otras economías, en las condiciones financieras actuales.
Requisitos para la solicitud:
- El solicitante no debe haber sido residente fiscal de la República Helénica durante los últimos 7 de los últimos 8 años.
- El solicitante debe poseer prueba de la inversión en la República Helénica. La inversión puede ser realizada por el solicitante o por un miembro de su familia oa través de una persona jurídica donde el solicitante posea la mayoría de las acciones.
- Los ingresos generados en Grecia se gravan de acuerdo con las disposiciones generales, es decir, la escala del impuesto sobre la renta.
- El impuesto se paga en una sola cuota y no está sujeto a ningún tipo de compensación con otras obligaciones tributarias o saldos acreedores.
El presente artículo tiene fines meramente informativos y en ningún caso constituye un asesoramiento jurídico. Para obtener información adicional sobre el asunto, por favor comuníquese con nuestro bufete de abogados y uno de nuestros compañeros los atenderá.
Kalifatidou
Abogada – Consultora Legal
Socia Directora
T. K & Partners